Capturar una mantis religiosa en un jardín de Sevilla es legal. Hacer exactamente lo mismo en un prado de Baviera puede costar una sanción administrativa. La protección legal de la mantis religiosa no es un estatus único ni universal: depende por completo del país, y en algunos casos, incluso de la región dentro de ese país.
Muchas personas asumen que, por tratarse de un insecto tan reconocible y popular, debe de estar protegida en todas partes por defecto. La realidad legal es bastante más matizada: intervienen catálogos nacionales de especies amenazadas, normativas de conservación regionales y convenios internacionales que no siempre coinciden entre países vecinos.
El Mito de la Protección Universal
Es habitual escuchar frases como “no se puede tocar, está protegida” en referencia a esta especie, sin más matices. Esa afirmación, sin embargo, mezcla dos ideas distintas: el estado de conservación global de la especie y su estatus legal concreto en un país determinado, que son cosas completamente diferentes.
A nivel mundial, la UICN clasifica a la mantis religiosa como Preocupación Menor, la categoría más baja de riesgo dentro de la Lista Roja. Esa evaluación, por sí sola, no implica ningún tipo de protección legal automática: la protección jurídica siempre depende de una decisión normativa tomada por cada país o región, no del estado de conservación en abstracto.
La Realidad en España: Fuera del Catálogo de Amenazadas
En España, el marco legal de referencia para la protección de especies es la Ley 42/2007 del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, que crea el Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y, dentro de él, el Catálogo Español de Especies Amenazadas, desarrollados por el Real Decreto 139/2011.
La mantis religiosa no figura en ninguno de estos dos instrumentos. Se trata de una especie común y ampliamente distribuida por buena parte del territorio peninsular, lo que la sitúa fuera de los criterios de inclusión que exige la normativa, reservados a taxones con problemas de conservación o rareza significativa.
- Catálogo Español de Especies Amenazadas: no incluida
- Listado de Especies en Régimen de Protección Especial: no incluida
- Catálogos autonómicos: sin constancia de inclusión específica en las comunidades revisadas
Alemania: Un Caso de Protección Legal Real
El contraste con Alemania resulta especialmente revelador. Allí, la especie está incluida en el Anexo 1 de la Bundesartenschutzverordnung (BArtSchV), la ordenanza federal de protección de especies, que la clasifica como “besonders geschützt” (especialmente protegida) en aplicación de la Ley Federal de Conservación de la Naturaleza (BNatSchG).
| Acción | Estatus legal |
|---|---|
| Capturar un ejemplar silvestre | Prohibido |
| Herir o matar un ejemplar | Prohibido |
| Retirar una ooteca de su ubicación natural | Prohibido |
| Observarla o fotografiarla en su hábitat | Permitido y recomendado |
Marco Europeo: Convenios y Directivas
A escala europea e internacional, la especie no aparece en los apéndices de CITES, el convenio que regula el comercio internacional de especies amenazadas, ni en los anexos de la Directiva Hábitats de la Unión Europea, que prioriza taxones con un riesgo de conservación más elevado o una distribución más restringida.
Esto deja la decisión de protegerla, o no, en manos de cada estado miembro, que puede optar por incluirla en su propia normativa nacional de conservación si las circunstancias locales lo justifican, como ha hecho Alemania, sin que exista una obligación europea uniforme al respecto.
Qué Implica Realmente la Protección en la Práctica
Cuando una especie está “especialmente protegida” en un país como Alemania, las consecuencias prácticas son concretas: capturarla, comercializar ejemplares silvestres o dañar su hábitat de forma deliberada puede acarrear sanciones administrativas, con independencia de que la especie no esté en peligro de extinción a nivel global.
En países como España, la ausencia de este régimen legal específico no significa que la especie carezca de cualquier protección: sigue beneficiándose de la protección general del hábitat natural que otorga la legislación de conservación de la naturaleza, aunque sin las restricciones individuales que sí aplican en Alemania.
¿Es Legal Tenerla como Mascota?
En España, al no existir restricción legal específica sobre la especie, mantener un ejemplar en cautividad como mascota no está prohibido de forma expresa. En Alemania, en cambio, la protección de la BArtSchV hace que capturar ejemplares silvestres para tenerlos como mascota sea ilegal, aunque la cría en cautividad a partir de ejemplares de origen legal suele estar permitida bajo ciertas condiciones.
❓ Preguntas Frecuentes
📚 Referencias
- Battiston, R. (2016). Mantis religiosa. The IUCN Red List of Threatened Species 2016: e.T44793247A44798476. DOI: 10.2305/IUCN.UK.2016-1.RLTS.T44793247A44798476.en
- Poniatowski, D., Detzel, P., Drews, A., Hochkirch, A., Hundertmark, I., Husemann, M., et al. (2024). Rote Liste und Gesamtartenliste der Heuschrecken und Fangschrecken (Orthoptera et Mantodea) Deutschlands. Naturschutz und Biologische Vielfalt, 170(7). Bundesamt für Naturschutz. bfn.de — publicación oficial
- Bundesministerium der Justiz. Verordnung zum Schutz wild lebender Tier- und Pflanzenarten (Bundesartenschutzverordnung – BArtSchV). Retrieved from gesetze-im-internet.de
- Integrated Taxonomic Information System (ITIS). Mantis religiosa (Linnaeus, 1758). TSN: 666619. Retrieved from ITIS Report TSN 666619
- GBIF Secretariat. Mantis religiosa (Linnaeus, 1758). GBIF Backbone Taxonomy. Retrieved from https://www.gbif.org/species/6258028
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